
La Dirección Académica de la Sede analiza las propuestas de creación, apertura, modificación, suspensión y supresión de los programas curriculares de posgrado de Especialización de la Sede en todos los aspectos académicos y administrativos y emite concepto ante el Consejo de Sede respectivo.
Así mismo, la Dirección Académica de la Sede deberá estudiar y recomendar el proyecto de creación de un programa curricular (pregrado y posgrado: maestrías, doctorados y especialidades de la salud).
Creación y Apertura de programas curriculares de Especialización
El procedimiento inicial para la creación de un nuevo programa curricular de posgrado de Especialización, es reunir al grupo gestor con el fin de redactar un proyecto de creación*. Dicho proyecto debe incluir los siguientes puntos principales, visualizando su relación con la filosofía Institucional y en concordancia con el Acuerdo 033 de 2007:
- Identificación del programa: Nombre, Área Curricular, Facultad, título que otorga
- Justificación: académica y de fortalezas profesionales e institucionales.
- Demanda potencial del programa. Tenga en cuenta los siguientes aspectos:
- Programas de pregrado en la Universidad y en otras instituciones del país
- Programas de Especialización en la Universidad y el país
- Posibilidades de inserción laboral
- Objetivos de formación del programa
- Objetivos específicos del plan de estudios
- Perfil de los aspirantes y de los egresados
- Plan de estudios: duración del programa; número total de créditos; asignaturas: nombre, tipología, número de créditos, código, semestre y metodología (para cada asignatura diligenciar el formato de excel)
- Articulación entre planes de estudio
- Admisiones (Punto de equilibrio, No. de cupos, pruebas del proceso de admisión)
- Recursos (docentes, infraestructura, planta física, etc...): el proyecto debe contener un estudio detallado de los PTA de los profesores que participarán del programa y de las implicaciones que la nueva carga docente, proveniente de la creación del programa, tendrá en sus labores.
- Líneas y grupos de investigación que sustentan el programa
- Información y datos de contacto del grupo gestor del programa: email, número de celular y extensión
Documentos
Proyecto
Concepto de los Pares Académicos
Concepto del Consejo de Facultad: es un aval académico, de disponibilidad docente e infraestructura. Este aval debe decir expresamente que aprueba la creación del programa ya que ha estudiado su justificación académica y lo considera pertinente. Además, debe asegurar que ha estudiado la disponibilidad de los recursos docentes y de infraestructura, y que considera que están garantizados.
Carta de intención de participación de cada profesor que se vinculará al programa, especificando las actividades que realizará dentro de este.
Carta del Director de la Unidad Académica Básica (Departamento o Escuela) informando que los profesores de su unidad, que participan en el nuevo programa, dispondrán del tiempo necesario, dentro de su Programa de Trabajo Académico (PTA), para atender la carga académica que esto implica.
Concepto de la Dirección Académica
Proyecto de Acuerdo de creación
Proyecto de Acuerdo de apertura
Procedimiento

Modificación de programas curriculares de Especialización

La modificación de los programas de posgrado de Especialización inicia con la elaboración de una propuesta que debe ser presentada por el Comité Asesor del Programa Curricular en el formato existente para ello. El Consejo de Facultad estudia la propuesta, emite un concepto académico y lo presenta a la Dirección Académica de la Sede, quien analiza la propuesta y emite concepto académico ante el Consejo de Sede.
Hay diferentes tipos de modificación en los programas curriculares de Especialización:
- Cambios en los objetivos de formación
- Distribución de créditos (total, créditos de las asignaturas obligatorias y/o elegibles)
- Nombre del programa, título otorgado, duración del plan de estudios
El plan de estudios:
- Significativo: variación en créditos, componentes o agrupaciones
- No Significativo: involucra requisitos (prerrequisitos o correquisitos), o asignaturas elegibles.
Cambios en una asignatura
- Significativo: objetivos de formación, contenidos, créditos, agrupaciones, componentes
- No Significativo: involucra nombre de la asignatura, horas de actividad presencial, (pre-co)requisitos, bibliografía, si es validable o no validable, planes a los que se asocia.
Documentos
Concepto del Consejo de Facultad
Concepto de la Oficina de Planeación Institucional y del Territorio (si es el caso)
Concepto de la Dirección Académica
Procedimiento

Suspensión y/o supresión de programas curriculares de Especialización

La suspensión de un plan de estudios es el hecho de no ofertarlo temporalmente, mientras que la supresión es el acto por el cual un programa curricular no existe más en la Universidad Nacional de Colombia. En este sentido, un acto de suspensión requiere una propuesta de evaluación para la reapertura del programa que contempla un lapso de tiempo, mientras que un acto de supresión no, porque el programa sería eliminado.
Documentos
Los documentos a radicar ante el Consejo de Sede en medio magnético son:
Concepto de la Dirección Académica
Concepto de la Oficina de Planeación Institucional y del Territorio (si es el caso)
Concepto del Consejo de Facultad (en el caso de suspensión, deberá señalar el tiempo que se propone mantener suspendido el programa (el cual no puede ser mayor a tres años) y contener una propuesta de evaluación para su reapertura)
La suspensión o supresión de un programa curricular de postgrado de Especialización deberá cumplir el siguiente procedimiento:
- La solicitud será presentada por el Área Curricular que administra el programa, a través de su Comité Asesor de Programa Curricular, ante el Consejo de Facultad.
- El Consejo de Facultad estudia la solicitud y emite un concepto académico ante el Consejo de Sede sobre la conveniencia de suspender las admisiones al programa. Dicho concepto deberá señalar el tiempo que se propone mantener suspendido el programa (el cual no puede ser mayor a tres años) y contener una propuesta de evaluación para su reapertura.
Creación de programas curriculares

Con el fin de que la propuesta de creación de un Programa Curricular sea evaluada conceptual, académica, administrativa y financieramente por las instancias pertinentes, el grupo gestor deberá elaborar –en los formatos establecidos por la Dirección Nacional de Programas de Pregrado y la Dirección Nacional de Programas de Postgrado– un proyecto que deberá ser estudiado y recomendado, entre otras instancias, por la Dirección Académica de la Sede.
Procedimiento

Normatividad relacionada

Acuerdo 035 de 2009:"Por el cual se establecen los procesos para la creación, apertura, modificación y supresión de Programas Curriculares y la apertura, modificación, suspensión, supresión, oferta por cooperación académica y oferta por convenio interinstitucional de sus Planes de Estudio"
Acuerdo 072 de 2006 del Consejo Superior Universitario "Por el cual se delega a los Consejos de Sede la creación, apertura, modificación, suspensión y supresión de programas curriculares de postgrado de Especialización"
Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario "“Por el cual se establecen los lineamientos básicos para el proceso de formación de los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia a través de sus programas curriculares"
Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario: "Por el cual se adopta el Estatuto Estudiantil de la Universidad Nacional de Colombia en sus disposiciones Académicas”
Acuerdo 020 de 2001 del Consejo Académico: "Por el cual se reglamentan los Estudios de Postgrado en la Universidad Nacional de Colombia”
Resolución 241 de 2009 de Vicerrectoría Académica: "Por el cual se reglamentan las admisiones a los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia"