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Asignaturas

“Una asignatura es un conjunto de actividades de trabajo académico organizadas por uno o varios docentes con propósitos formativos, en torno a una temática y/o problemática específica que se desarrolla a partir de la relación entre estudiantes y profesores. La asignatura será evaluada y valorada con una calificación”. Artículo 5, Acuerdo 033 de 2007 del CSU

Las asignaturas deberán especificarse según su nombre, objetivos, contenido básico, metodología, forma de evaluación y créditos. Las asignaturas serán propuestas al Consejo de Facultad por los Directores de Área Curricular.

Fechas

Las fechas para ingresar las solicitudes de creación para asignaturas de pregrado y posgrado a través del SIA, están establecidas en el calendario académico que reglamenta el Consejo de Sede mediante un acuerdo, para el primer periodo académico del año 2024 se expidió el Acuerdo 009 de 2023 del Consejo de Sede.

Actividades académicas

En posgrado, actividades tales como seminarios de investigación, examen de calificación, proyecto de tesis, tesis, propuesta de trabajo final, trabajo final, se denominan actividades académicas y recibirán una de las siguientes calificaciones:

  • Aprobado
  • Reprobado


Procedimiento

Para la creación de una asignatura que hará parte de un plan de estudios, se debe seguir el siguiente procedimiento:

  1. Cualquier profesor que vaya a ofrecer una asignatura de pregrado o posgrado por primera vez, debe discutir su propuesta con el Director de Área Curricular y diligenciar el Formato del Programa- asignatura, a través del servicio del SIA "Modificación y creación de asignaturas".
  2. El Director de Área Curricular analiza la propuesta de creación en cuanto a viabilidad, coherencia, pertinencia y alcance de los objetivos de formación, de los contenidos, de las fuentes bibliográficas, el valor en créditos académicos, los requisitos (prerrequisitos y correquisitos) y planes de estudio a los que se podría asociar siguiendo los lineamientos del Acuerdo CSU 033 de 2007, orientado por los principios de excelencia académica, formación integral, contextualización, internacionalización, formación investigativa, interdisciplinariedad y flexibilidad.
  3. Si el Director de Área Curricular tiene objeciones, las discute con el profesor proponente.
  4. Si el Director de Área Curricular está de acuerdo con la propuesta de creación la presenta al Comité Asesor del Programa Curricular para analizar allí el impacto que dicha creación tendría en el plan o planes de estudio a los que se piensa asociar. Una vez el Director de Área Curricular y el Comité Asesor del Programa Curricular estén de acuerdo con la propuesta de la nueva asignatura el Director de Área Curricular deberá recomendar la creación ante el Consejo de Facultad, para ello, debe registrar el acto administrativo a través del servicio del SIA "Modificación y creación de asignaturas".
  5. En caso que el Director de Área Curricular no esté de acuerdo con la creación, o que el Comité Asesor no la considere conveniente, el Director de Área Curricular devuelve la solicitud al profesor proponente con las observaciones a que haya lugar para su ajuste y nuevo trámite. El profesor con su Rol de Director de Área Curricular rechaza la solicitud en el servicio del SIA seleccionando la opción "NO recomienda la asignatura".
  6. Si es aprobada en el Consejo, desde la Secretaria Académica usando el Rol "Secretarío de Facultad" ingresa al servicio del SIA "Modificación y creación de asignaturas", diligencia el acto administrativo con el que es aprobada la solicitud de creación de asignaturas y notifica a la Dirección Académica de la Sede. Si no es aprobada, el Secretario rechaza la solicitud y la devuelve al profesor proponente con las observaciones del Consejo.
  7. La Dirección Académica de la Sede, procederá a su revisión final y posterior codificación en el Sistema de Información Académica –SIA-, ajuste del grafo e inclusión en el catálogo de asignaturas. Si la asignatura hace parte de un plan de estudios deberán entregar a la Dirección Académica de la Sede un nuevo Acuerdo de plan de estudios.
  8. El SIA de cada Sede mantendrá actualizado el catálogo de asignaturas con el objeto de que esté permanentemente disponible para su consulta.

Para la modificación de una asignatura, el profesor o grupo de profesores interesados presentan su propuesta de modificación de asignatura ante el Director de Área Curricular y se debe diligenciar a través del SIA la solicitud con las modificaciones incorporadas.

El Comité asesor del Área Curricular estudia la propuesta de modificación para ver si el cambio es o no significativo. Se considera un cambio significativo para una asignatura cuando tiene que ver con:

  • Objetivos de formación
  • Contenidos
  • Créditos
  • Cambio de Agrupación
  • Cambio de Componente

Si uno de los cambios propuestos es significativo, se debe cambiar el estado de la asignatura actual en el SIA, pasando de vigente a no vigente y se procede a crear una nueva asignatura (lo que implica nuevo código) siguiendo el procedimiento definido para tal fin.

El cambio en una asignatura es no significativo, si: pasa de validable a no validable o viceversa, se asocian otros planes, se actualizan o modifican los contenidos programáticos, siempre y cuando no se cambien los objetivos de formación del curso o se modifica la bibliografía. En este caso el profesor proponente diligencia la solicitud de modificación o actualización de información a través del SIA, utilizando el servicio de “Modificación y creación de asignaturas”

Para la modificación de una asignatura cuando el cambio es no significativo, se debe seguir el siguiente procedimiento:

  1. Cualquier profesor que proponga un cambio en una asignatura de pregrado o posgrado, debe discutir su propuesta con el Director de Área Curricular y diligenciar el Formato del Programa- asignatura a través del servicio del SIA "Modificación y creación de asignaturas", para ello debe conocer el código SIA de la asignatura que quiere modificar.
  2. El Director de Área Curricular analiza la propuesta de modificación en cuanto a viabilidad, coherencia, pertinencia y alcance de los objetivos de formación, de los contenidos, de las fuentes bibliográficas, el valor en créditos académicos, los requisitos (prerrequisitos y correquisitos).
  3. Si el Director de Área Curricular tiene objeciones, las discute con el profesor proponente.
  4. Si el Director de Área Curricular está de acuerdo con la propuesta de modificación la presenta al Comité Asesor del Programa Curricular para analizar allí el impacto que dicha modificación tendría en el plan o planes de estudio a los que se encuentra asociada. Una vez el Director de Área Curricular y el Comité Asesor del Programa Curricular estén de acuerdo con la propuesta de modificación, el Director de Área Curricular deberá recomendar la modificación ante el Consejo de Facultad, para ello, debe registrar el acto administrativo a través del servicio del SIA "Modificación y creación de asignaturas".
  5. En caso que el Director de Área Curricular no esté de acuerdo con la modificación, o que el Comité Asesor no la considere conveniente, el Director de Área Curricular devuelve la solicitud al profesor proponente con las observaciones a que haya lugar para su ajuste y nuevo trámite. El profesor con su Rol de Director de Área Curricular rechaza la solicitud en el servicio del SIA seleccionando la opción "NO recomienda la edición de asignatura".
  6. Si es aprobada en el Consejo, desde la Secretaria Académica usando el Rol "Secretarío de Facultad" ingresa al servicio del SIA "Modificación y creación de asignaturas", diligencia el acto administrativo con el que es aprobada la solicitud de modificación de asignaturas y notifica a la Dirección Académica de la Sede. Si no es aprobada, el Secretario rechaza la solicitud y la devuelve al profesor proponente con las observaciones del Consejo.
  7. La Dirección Académica de la Sede, procederá a su revisión final y posterior actualización en el Sistema de Información Académica –SIA.
  8. El SIA de cada Sede mantendrá actualizado el catálogo de asignaturas con el objeto de que esté permanentemente disponible para su consulta.
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Cartilla “ASIGNATURAS, ACTIVIDADES ACADÉMICAS Y CRÉDITOS, EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA”



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Manual de usuario del módulo registro de asignaturas para el rol “docente”



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Procedimiento para modificación de planes de estudio, creación y modificación de asignaturas.

Formatos

Los siguientes formatos solo se deben diligenciar cuando se trata de creación de nuevos programas curriculares o el cambio en el nombre de las asignaturas ya codificadas en el SIA. Descárguelo aquí según corresponda:

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U.FT.05.007.011 Formato de Creación de Asignaturas de Pregrado y Posgrado



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Formato de Actividades académicas de Posgrado



La Dirección Académica revisará la información contenida en los formatos y posteriormente asignará su respectivo código en SIA. Si tiene inquietudes sobre el proceso de creación de asignaturas, favor comunicarse a los correos:

  1. diracasede_bog@unal.edu.co
  2. dmalonsoa@unal.edu.co