¿Qué es la Beca Asistente Docente?
La Beca Asistente Docente está dirigida a los estudiantes del nivel de doctorado, maestría y de especialidad del área de la salud de la Universidad Nacional de Colombia con el objetivo de promover la formación de nuevos docentes y, a su vez, permitir a los estudiantes la oportunidad de adquirir o mejorar sus destrezas en áreas del conocimiento afines con la formación profesional que estén adelantando en la institución. Además, este tipo de beca también pretende asegurar la sostenibilidad económica de los beneficiarios durante el desarrollo del programa curricular para que puedan lograr con éxito su graduación. ACUERDO 028 DE 2010, artículo 15
Calendario para asignación de Becas Asistentes Docentes 2025-1S
Fecha | Responsable | Actividad |
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06 de febrero | Dirección Académica | Publicación listado de Beneficiarios que renuevan la BAD, para el periodo 2025-1S. (El estado de renovación se publica teniendo en cuenta la información de los beneficiarios que cumplen con los requisitos: Duración del programa Manifestación de continuidad por parte de los beneficiarios de la BAD |
7 de febrero | Dirección Académica | Informe del estado de renovación de Becas y envío de la distribución de los cupos por Facultad (El estado de renovación de analiza únicamente con la información de los beneficiarios que cumplen con el requisito de duración del programa; Especialidades y Maestrías: 4 periodos; Doctorados: 8 periodos y la manifestación de continuidad por parte de cada uno de ellos para el 2025-1s) |
Máximo el 12 de febrero, con copia a la Dirección Académica | Facultades | Distribución de cupos por Unidad Académica Básica - UAB: Definición de cupo correspondiente a cada UAB. Esta distribución deberá ser informada a sus respectivas UAB y a la Dirección Académica. |
13 al 21 de febrero | Dirección Académica | Carga y ajustes de la información por cada cupo a convocar en el siguiente formulario |
24 al 26 de febrero | Dirección Académica | Revisión de convocatorias, corrección de errores y autorización para publicación de las convocatorias. |
27 de febrero al 07 de marzo | Estudiantes y admitidos de Posgrado | Inscripción de aspirantes. Las personas interesadas y que cumplan con los requisitos normativos y con el perfil requerido deben realizar su postulación a la convocatoria cargando los documentos requeridos a través del siguiente formulario |
11 de marzo | Dirección Académica | Envío de documentación de aspirantes a las respectivas UAB: Una vez cerrada la etapa de postulación de aspirantes la Dirección Académica consolida y envía a las Unidades Académicas Básicas (por correo electrónico), la base de datos y los documentos cargados de los interesados. |
13 al 17 de marzo | Unidades Académicas Básicas - UAB | Evaluación de aspirantes y elaboración de la lista de elegibles: El "Comité de Evaluación de la Beca" (mínimo tres (3) profesores de carrera docente), previamente conformado por el Director de la UAB, de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en la convocatoria, realizará la valoración de los aspirantes y dejará constancia del proceso realizado en el formato diseñado para este fin. |
18 de marzo | Unidades Académicas Básicas - UAB | Publicación del listado de evaluación de aspirantes: Cada UAB deberá enviar mediante correo electrónico a los aspirantes, con copia a la cuenta de correo asisdoc_bog@unal.edu.co, el formato diligenciado del punto anterior. |
18 al 20 de marzo | Aspirantes a la convocatoria | Presentación de reclamaciones ante la UAB correspondiente: Los aspirantes podrán enviar, a las respectivas UAB, la reclamación que consideren importante elevar correspondiente al proceso de evaluación de aspirantes a la Beca. |
hasta el 21 de marzo | Unidades Académicas Básicas - UAB | Respuestas a reclamaciones: El Comité debe responder a las reclamaciones que reciban por parte de los aspirantes a la convocatoria |
21 de marzo | Unidades Académicas Básicas - UAB | Resultado final: Cada UAB debe enviar nuevamente a la Dirección Académica el formato de evaluación y selección, sólo en el caso que haya tenido una modificación después de resolver las reclamaciones recibidas por parte de los aspirantes. |
Pendiente | Consejo de Sede | Nombrar nuevos Becarios Asistente Docente: El Consejo de Sede expide el acto administrativo que otorga la beca durante el periodo 2025-1S |
INICIO DE VINCULACIÓN DE BECARIOS ASISTENTES DOCENTES - Una vez se obtenga aval del Consejo de Sede |
Normalización de puntajes
Criterio obligatorio para la evaluación y selección
de aspirantes a la Beca Asistente
Docente
El Sistema Nacional de Becas de la Universidad Nacional de Colombia, se encuentra organizado según el Acuerdo
028 de 2010 del C.S.U. En su artículo 18 se establece dentro de los requisitos para ser candidato a la Beca
Asistente Docente, la normalización de puntajes.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Rectoría emitió la Resolución 005 de 2011: “Por la cual se reglamenta el
método de normalización de los puntajes para los candidatos de las becas, …;
En la cual se resuelve en su Artículo 1: “El método de igualación de promedios para normalizar y hacer comparables
los puntajes de los candidatos a las becas Estudiante Sobresaliente de Posgrado, Asistente Docente y Auxiliar
Docente...”
Con el fin de facilitar el cálculo de los promedios, la Dirección Académica ha creado una herramienta para
conocer el puntaje normalizado de los aspirantes a las becas, teniendo en cuenta las formulas establecidas en
la Resolución 005 de 2011, que puede consultar en el siguiente enlace:
https://legal.unal.edu.co/rlunal/home/doc.jsp?d_i=41565; y la información generada por los sistemas de información
de admisiones y de la información académica.
Convocatorias Beca Asistentes Docentes 2025-1S
Convocatoria Beca Asistente Docente 2025-1S

Fecha de actualización:
03 de marzo 2025
Listado definitivo para la renovación de la beca asistente docente 2025-1S

Fecha de actualización:
24 de febrero 2025
Normatividad
ACUERDO 028 DE 2010
“Por el cual se organiza el Sistema Nacional de Becas para Estudiantes de Posgrado de la Universidad Nacional de Colombia"
RESOLUCIÓN RG-005 DE 2011
"Por la cual se reglamenta el método de normalización de los puntajes para los candidatos de las becas, el requisito de prueba internacional de segunda lengua y la participación de los estudiantes con admisión por tránsito entre niveles de posgrado y admisión automática, en las diferentes modalidades de becas establecidas en el Acuerdo 028 de 2010 del Consejo Superior Universitario."
Resolución 1409 de 2016 de Rectoría
“Por la cual se deroga la Resolución RG-038 de 2012 y se modifica parcialmente la Resolución RG-005 de 2011 de la Rectoría”
Acuerdo 161 de 2019 del Concejo de la Sede Bogotá
"Por el cual se reglamenta el proceso de convocatoria y selección de beneficiarios de la Beca Asistente Docente, definida en el capítulo III del Acuerdo 028 de 2010 del Consejo Superior Universitario y se derogan los Acuerdos 02 de 2011 y 039 de 2014 del Consejo de Sede."
Acuerdo 003 de 2011 del Consejo de la Sede Bogotá
“Por la cual se reglamenta procedimientos y otras disposiciones relacionadas con la Beca Asistente Docente, definida en el capítulo III del acuerdo 028 de 2010 del Consejo Superior Universitario”
Contacto
Si tiene inquietudes sobre la Beca Asistente Docente, puede comunicarse con:
Yanneth Olsen García
Coordinadora Beca Asistente Docente
asisdoc_bog@unal.edu.co
Tel. 3165000 Ext. 18369