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Reglamento estudiantil Programa Intensive English

  1. El estudiante interesado en participar en la convocatoria deberá verificar previamente los requisitos específicos y comprometerse a no cancelar el curso desde el momento de su preinscripción. En caso de ser admitido y no tomar el cupo, quedará restringido de participar en la siguiente convocatoria.
  2. El estudiante interesado en aplicar a cualquier idioma del Programa Explora UN Mundo que pertenezca al plan de estudios de Filología e Idiomas-Inglés, deberá haber cursado y aprobado Inglés IV- Comunicación oral y escrita. Esto deberá estar registrado en SIA al momento de hacer la validación de requisitos.
  3. Para el idioma inglés, el estudiante seleccionado que hubiera obtenido un puntaje superior al nivel B2+ en su prueba clasificatoria, según el MCER, será citado a una prueba adicional con el fin validar su nivel de dominio de la lengua y la pertinencia de ser promovido al siguiente curso del Programa.
  4. El estudiante admitido recibirá el beneficio de cursar 360 horas de clases presenciales en el idioma elegido y deberá confirmar la aceptación del cupo en la página web dispuesta por la Dirección Académica, en los tiempos establecidos para la respectiva convocatoria. Esto aplica para los estudiantes de los idiomas francés, portugués, alemán e italiano. Para los estudiantes del idioma inglés, dependerá de la clasificación realizada según el resultado obtenido en su prueba clasificatoria.
  5. El estudiante admitido podrá presentar un certificado para ser promovido de nivel, acreditando al menos 180 horas cursadas y un nivel mínimo de B2 (inglés), A2 (francés, italiano, portugués, alemán). Dicho certificado deberá ser enviado vía correo electrónico, posterior a la publicación del listado de admitidos, para su respectiva revisión, aval y promoción.
  6. Se solicitará al estudiante de nivel dos o tres, según corresponda, la confirmación de su continuidad en el curso a través de la página web dispuesta por la Dirección Académica. En caso de no confirmar su continuidad, el estudiante perderá el beneficio otorgado.
  7. Se permitirá el aplazamiento o reserva del cupo máximo por un periodo académico por Programa. Esta solicitud deberá realizarse en los mismos plazos establecidos para la confirmación de continuidad en el Programa. Si el estudiante no retoma sus estudios en el periodo inmediatamente siguiente, perderá el cupo.
  8. No se autorizará reservas de cupo para primer nivel.
  9. El estudiante de primer nivel que cancele la asignatura perderá su cupo y quedará restringido para participar en la siguiente convocatoria.
  10. El estudiante que cancele una asignatura de segundo o tercer nivel, según corresponda, perderá el beneficio otorgado. Si desea acceder nuevamente a este beneficio, deberá postularse a una nueva convocatoria y pasar por todo el proceso de selección.
    En caso de ser admitido nuevamente, podrá retomar el Programa en el nivel correspondiente. Para ello, no podrán haber transcurrido más de dos periodos académicos desde el último periodo en el que estuvo en estado activo. De lo contrario, perderá el beneficio de manera definitiva y no podrá adquirirlo nuevamente para el idioma que cursaba.
  11. La cancelación de asignaturas generará un descuento de créditos solo para los estudiantes de pregrado, siempre que se realice después del periodo de adiciones y cancelaciones, de acuerdo con la reglamentación interna de la Universidad.
  12. Posterior al periodo de adiciones y cancelaciones definido en el calendario académico de la Sede Bogotá para el respectivo semestre, la asignatura será inscrita directamente por la División de Registro y Matrícula en la historia académica del estudiante beneficiado. Este proceso podrá tardar entre 2-3 semanas.
  13. De acuerdo con el Concepto 01 de 2015 de la Vicerrectoría Académica, sobre la asistencia de estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia en asignaturas o actividades académicas no inscritas, no se calificarán a estudiantes que no estén debidamente inscritos en las asignaturas, ni se certificará nota o asistencia, ni durante el periodo académico ni en periodos posteriores. Por lo tanto, los cuerpos colegiados no estarán obligados a atender solicitudes de inscripción o adición extemporánea de asignaturas o actividades académicas de periodos académicos no vigentes.
  14. El estudiante podrá solicitar la constancia de participación a la coordinación de los programas a través de correo electrónico, adjuntando la historia académica correspondiente. Una vez verificada la participación y aprobación de los cursos, la constancia será emitida dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la solicitud.